Tras la publicación del Boletín Oficial del Estado del día 27 de abril de 2023 del extracto de la resolución de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, se comunicó la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes de inscripción a subvenciones relacionadas con distintas áreas de la economía social, tales como la promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas, así como para cubrir los correspondientes gastos de funcionamiento de dichas actividades.
De este modo, desde la administración se pretende potenciar la promoción, la formación, análisis e investigación en los distintos ámbitos que componen a la Economía Social.
A través de esta noticia, pudimos conocer que el presupuesto general con el que cuenta el gobierno para este tipo de diligencias, el cual se ha visto incrementado en 1 millón de euros adicionales con respecto al año anterior (2022). Esta puesta en acción fue meditada y desarrollada acorde al plan de desarrollo de Economía Social presente y futuro, el cual tiene como objetivo desarrollar distintos proyectos mediante el uso del Diálogo Social, siendo este principal motor y herramienta entre sus individuos. Tras este ligero aumento, el presupuesto asciende a un total de 11.639.500 de euros a repartir entre los distintos solicitantes.
Por tanto, podemos decir que se ha aumentado el abanico de posibilidades para las diversas entidades beneficiarias de esta convocatoria, las cuales incluye a asociaciones, fundaciones y universidades conectadas con la Economía Social, así como las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal de carácter intersectorial.
Además de las acciones previamente mencionadas, es necesario destacar que la convocatoria de 2023 tiene importantes novedades respecto a la pasada. De este modo, se han incluido nuevas actividades a las que podrán destinarse dichos fondos:
- En actividades de apoyo y promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas.
- Para los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal.